DISCERNIENDO UN NOMBRE PARA NUESTRA FAMILIA PARROQUIAL
La directriz relativa a la denominación de una Iglesia o Parroquia Católica se encuentra en el libro litúrgico llamado Rito de Dedicación de una Iglesia y un Altar (1989). Este documento se administra en conjunto con las Leyes Canónicas Católicas #1217 y #1218. El nombre elegido debe ser: • Nombre de la Trinidad o • Nombre de Cristo, invocado en la liturgia, o un misterio de su vida o • Nombre del Espíritu Santo o • Nombre de María, invocado bajo un título suyo utilizado en la liturgia o • Nombre de un ángel santo o • Nombre de un santo canonizado, tal como aparece en el martirologio romano (o apéndice) o • Nombre de un beato siempre que la Sede Apostólica haya dado su permiso • El nombre debe ser aceptado por el Obispo. Ya que mantendremos nuestras tres iglesias abiertas, queremos que nuestra nueva parroquia tenga un nuevo nombre y por eso no aceptaremos a San Pedro, San José o Sagrado Corazón como nombre para la nueva parroquia. |